30 de Setembre, 2025
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El MAPA regulará en breve el mecanismo de optimización de la pesca de atún patudo

Al respecto, se señala en el borrador de la citada resolución que se pone disposición de todos los buques incluidos en el ámbito de aplicación de la Orden APA/372/2020, de 24 de abril, el mecanismo de optimización de la población de patudo (Thunnus obesus) de la zona regulada por la Comisión Internacional para la Conservación del Atún Atlántico (CICAA) para el año 2025, una vez hayan agotado las posibilidades de pesca que les hayan sido inicialmente asignadas y hasta el consumo total de la cuota común de este mecanismo.
Todo ello, de acuerdo con los siguientes requisitos: a) La cuota sobrante común del mecanismo de optimización asciende a 1.508.843,58 kg y podrá ser utilizada a partir del día siguiente al de la publicación en el “Boletín Oficial del Estado” de la presente resolución, conforme a lo previsto en la Orden APA/372/2020, de 24 de abril, por la que se regula la pesquería de patudo (Thunnus obesus) en el Océano Atlántico y se establece un censo de buques autorizados a la pesca de patudo.
b) Los buques o grupos de buques solo podrán acceder a pescar contra la cuota común del mecanismo de optimización, una vez su cuota individual o conjunta se haya agotado (consumo del 100 %).
Aquellos buques o grupos de buques que el día siguiente al de la publicación en el ”Boletín Oficial del Estado”, aún dispongan de cuota propia de stock BET/ATLANT, deberán seguir pescando contra su propia cuota no agotada.
La cantidad sobrante de 1.508.843,58 kg que pasan a formar parte de la cuota común del mecanismo de optimización por listas o buques se recogen de forma detallada en el borrador de la resolución citada
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